Biodiversidad, biotecnologías y derecho
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Biodiversidad, biotecnologías y derecho
A12 303 Biodiversidad, biotecnologías y derecho Un crisol para la sustentabilidad directora Vitulia Ivone Copyright © MMX ARACNE editrice S.r.l. www.aracneeditrice.it [email protected] via Raffaele Garofalo, 133/A–B 00173 Roma (06) 93781065 isbn 978–88–548–3590–0 I diritti di traduzione, di memorizzazione elettronica, di riproduzione e di adattamento anche parziale, con qualsiasi mezzo, sono riservati per tutti i Paesi. Non sono assolutamente consentite le fotocopie senza il permesso scritto dell’Editore. I edizione: dicembre 2010 Indice 9 Alicia Diamante ProlÓgo 11Vitulia Ivone Globalización y desarrollo sostenible: tecnologías protegidas y propiedad intelectual. Libertad de investigación y defensa de la vida 1. Introducción, 12 – 2. La globalización y el desarrollo sostenible: de la demonización al equilibrio con los intereses de la Tierra, 22 – 3. El sistema de propiedad intelectual y el desarrollo de los países en desventaja económica, 24 – 4. La libertad de investigación: entre la ciencia y la ética, 26 – 5. Biodiversidad y el principio de precaución, 300 – 6. Biodiversidad y principio de la ecuánime división de los beneficios, 33 – 7. La biotecnología, la diversidad agrícola y la lucha contra el hambre, 35 – 8. La biopiratería y el biofraude: las nuevas fronteras de la apropiación, 39 – 9. Patentabilidad de la biotecnología y la persona humana: la protección de los sujetos humanos, 44 – 10. El hurto el futuro, 45. 49Néstor A. Cafferatta El principio precautorio (o la certeza de la incerteza) 1. Introducción, 49 – 2. Frontera del derecho de daños, 52 – 3. Evaluación científica del riesgo, 54 – 4. Principio filosófico del derecho ambiental, 54 – 5. El terreno de la incerteza, 56 – 6. La certeza de la incerteza, 58 – 7. La responsabilidad precautoria, 59 – 8. Jurisprudencia ambiental, 60 – 9. Legislación de Latinoamérica, 63 – 10. Dimensión política y moral, 64 – 11. Colofón, 66. 69Carolina García La diversidad biológica: acceso y distribución de beneficios en la República Argentina 1. Introducción, 69 – 2. El Convenio sobre la Diversidad Biológica, 70 – 3. La República Argentina, 73 – 4. La Comunidad Andina; un desenvolvimiento regional, 82. 5 6 Biodiversidad, biotecnologías y derecho 89 Bibiana Graeff Chagas Pinto Fabre A proteção da biodiversidade no âmbito do Mercosul: necessidade, possibilidades e dificuldades 1. Introdução, 89 – 2. Possibilidades formais, 91 – 3. Dificuldades concretas, 98. 105 Elizabeth Hodson de Jaramillo María Susana Carrizosa Seguridad de los cultivos GM: análisis de riesgos y beneficios 1. Introducción, 106 – 2. Agrobiotecnologías, cultivos transgénicos (GM), 107 – 3. Impactos de los cultivos GM, beneficios y preocupaciones, 110 – 4. Bioseguridad, 113 – 5. Análisis de riesgos y beneficios de OGM, 120 – 6. Gestión o manejo del riesgo, 139 – 7. Comunicación del riesgo, 141 – 8. Herramientas, dilemas y marcos regulatorios, 142. 145Stefania Negri La biodiversidad como “interés común de toda la humanidad”: perfiles controvertidos de reglamentación y de responsabilidad internacional 1. Introducción: la biodiversidad como valor fundamental de la comunidad global, 145 – 2. El régimen jurídico de la biodiversidad conforme al Convenio sobre la Diversidad Biológica: limites y ambigüedades del enfoque fundamentado en la soberanía, 148 – 3. Los perfiles más controvertidos de la responsabilidad internacional por daños a la biodiversidad: naturaleza de las obligaciones y consecuencias jurídicas en caso de violación, 155 – 4. ¿Hacia cuál régimen internacional de la biodiversidad nos dirigimos?, 161. 165Leonardo Fabio Pastorino El agua como fuente de biodiversidad. La crisis ambiental planetaria y sus reflejos en las categorías jurídicas: propiedad, apropiación, desarrollo, derechos humanos, precaución 1. El agua fuente de biodiversidad y su protección por el derecho internacional, 165 – 2. Las categorías jurídicas en el ámbito internacional y las cuestiones ambientales: ¿adecuación u obstáculo para un tratamiento adecuado?, 171 – 3. Las categorías dominiales y apropiativas del agua y la imposibilidad de abarcar su naturaleza y unicidad, 176 – 4. Otras categorías jurídicas impactadas por el derecho ambiental. El principio de precaución y el desvanecimiento de los dogmas jurídicos absolutos, 184. Indice 191María Alejandra Rómoli Construcción del discurso en torno de las biotecnologías: lo blanco, lo negro, los grises y el arco iris 1. Algunas aclaraciones previas (exordio). El estado actual de la deliberación: verdades múltiples, 194 – 2. El entramado de discursos sobre Biodiversidad y Biotecnologías: una red de complejidades, 208. 219 Joseph Henry Vogel Manuel Ruiz ¿Prevaleció la lógica en el WG-ABS9? El emergente régimen internacional de acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de beneficios 1. Introducción, 220 – 2. La soberanía en la historia y en el marco jurídico de las convenciones internacionales: sus limitaciones, 225 – 3. El concepto de “soberanía” en el contexto del Convenio sobre la Diversidad Biológica y sus consecuencias en el debate sobre acceso y distribución de beneficios, 231 – 4. Una nueva mirada al concepto de “soberanía” y “recursos genéticos” a la luz de un pensamiento lógico y económico, 234 – 5. Un giro en la dirección del Régimen Internacional de Acceso a los Recursos Genéticos y elementos del “nuevo” régimen, 242 – 6. Perspectivas, 248. 253Sandra E. Sharry Organismos genéticamente modificados. Un debate abierto 1. Introducción, 254 – 2. ¿Qué es biotecnología?, 256 – 3. El debate, 262 – 4. Un futuro de muchos futuros, 275. 279Liliana Virginia Siede Los biobancos: reflexiones sobre aspectos éticos y sociales entorno de las muestras genéticas humanas 1. Introducción, 280 – 2. Contexto histórico: la transición, 280 – 3. Los biobancos, 282 – 4. La muestra biológica y su información, 285 – 5. Alcance de la información de la muestra genética, 288 – 6. La propiedad de la muestra, 290 – 7. Los biobancos y el consentimiento informado, 291 – 8. Las regulaciones, 293 – 9. Los retos que plantean los biobancos, 295. 299Andrea Sonnino Biodiversidad y biotecnologías: el eslabón estratégico 1. El marco político internacional, 299 – 2. Definiciones de biodiversidad y de biotecnología, 304 – 3. Importancia de la biodiversidad, su distribución y amenazas a su existencia, 306 – 4. Rol de las biotecnologías para 7 8 Biodiversidad, biotecnologías y derecho conservar y aprovechar la biodiversidad, 312 – 5. La brecha biotecnológica, 318 – 6. Perspectivas, 319. 321Iselen Trujillo Biodiversidad y biotecnología no OGM 1. Introducción, 321 – 2. Conservación de recursos genéticos, 326 – 3. Caracterización de recursos genéticos, 341 – 4. Análisis de diversidad genética, 346 – 5. Desafíos y propuestas, 353. 359Sandra Regina Martini Vial A terra como bem comum: a paradoxalidade da (des) proteção e seus reflexos na biodiversidade 1. Terra e Direito: é possível o direito à terra como bem comum?, 359 – 2. O paradoxo da propriedade da terra no Brasil: abundância / falta, 363 – 3. Ponderação, 385. 387Teodora Zamudio Los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos en el contexto del régimen de acceso y participación en los beneficios 1.Introducción, 387 – 2. Definiciones y objetivos, 389 – 3. Acceso a los conocimientos tradicionales. Pertinencia del derecho consuetudinario, 398 – 4. Consentimiento fundamentado previo, 401 – 5. Condiciones actuales de su protección legal, 406. 416 Autores Biodiversidad, biotecnologías y derecho ISBN 978-88-548-3590-0 DOI 10.4399/97888548359001 pag. 9-10 Prológo Guadalajara, 1 novembre 2010 Hace exactamente 20 años, un visionario tuvo un sueño, me refiero a Juan Izquierdo, su sueño consistía en crear una red horizontal de biotecnología con la participación de los países de América Latina y el Caribe (LAC), y este sueño se hizo realidad. La REDBIO fue oficialmente constituida en Santiago de Chile, en Noviembre de 1990, con el auspicio de la FAO y la cooperación de los Centros CGIAR con la participación de delegados de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, México, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela; y de los organismos internacionales CIAT, IPC, IPGRI, las agencias IICA, CAF y la Federación de Empresas en Biotecnología (FELAEB). La red cumple con los objetivos y premisas de las estructuras de cooperación técnica y del conocimiento, concentrándose en la implementación de actividades regionales, subregionales y nacionales, promoviendo el intercambio de conocimientos, tecnologías y materiales biológicos, fomentando la enseñanza, uso racional, capacitación e innovación biotecnológica, así como también la conservación de recursos filogenéticos, con las instituciones de la región, en un continente rico en recursos naturales como lo es América Latina y el Caribe, consecuentemente nuestra institución promueve las aplicaciones de la biotecnología que responden a la creciente demanda en términos de seguridad alimentaria, 9 10 Vitulia Ivone desarrollo socioeconómico, así como a la conservación, diversificación y al uso sostenible de los recursos genéticos como insumos básicos de la actual y futura biotecnología regional, en la conciencia del papel fundamental que ello tiene para nuestra realidad y la de las generaciones futuras en nuestro hemisferio. Este empeño editorial - que tengo el honor de prologar - logra ofrecer una visión multidisciplinar, plural y al mismo tiempo especializada, que da lugar a reflexiones sobre la viabilidad y las condiciones de manejo y conservación de la heredad planetaria; por ello tan compatible y caro a los objetivos de la Fundación REDBIO Internacional que presido. Desde diversas miradas, los autores contribuyen decididamente a las temáticas vinculadas a los procesos de adaptación, generación, transferencia y aplicación de las biotecnologías como herramientas para la solución de los problemas que afectan a la salud, a la producción de alimentos, a la propiedad de las innovaciones y a la preservación de recursos genéticos en los países de la Región de América Latina y el Caribe, generando el acerbo necesario para promover la producción e intercambio de conocimientos y contribuyendo así a la integración de la Región en el marco internacional. Alicia Diamante Presidente de la Fundación REDBIO- FAO Internacional Biodiversidad, biotecnologías y derecho ISBN 978-88-548-3590-0 DOI 10.4399/97888548359002 pag. 11-48 Vitulia Ivone1 Globalización y desarrollo sostenible tecnologías protegidas y propiedad intelectual libertad de investigación y defensa de la vida sumario: 1. Introducción – 2. La globalización y el desarrollo sostenible: de la demonización al equilibrio con los intereses de la Tierra – 3. El sistema de propiedad intelectual y el desarrollo de los países en desventaja económica – 4. La libertad de investigación: entre la ciencia y la ética – 5. Biodiversidad y el principio de precaución – 6. Biodiversidad y principio de la ecuánime división de los beneficios – 7. La biotecnología, la diversidad agrícola y la lucha contra el hambre – 8. La biopiratería y el biofraude: las nuevas fronteras de la apropiación – 9. Patentabilidad de la biotecnología y la persona humana: la protección de los sujetos humanos – 10. El robo del futuro.1 1. Introducción Uno de los rasgos que caracteriza a esta época es sin duda el gran desarrollo de las aplicaciones científicas y biotecnológicas: el avance imparable de las tecnociencias nos impone una variedad de consideraciones relativas a varios campos del conocimiento. 1 Profesora de Instituciones de derecho privado, Titular de la enseñanza de Nociones jurídicas fundamentales en la Facultad de Derecho, docente de Derecho de la empresa industrial en la Facultad de Ingenieria, miembro de la Comisión sobre los Patentes por la Universidad de Salerno, miembro de la Asociación Internacional para la protecion de la propiedad intelectual (AIPPI); miembro de l’Institut für Kunst und Recht en Heidelberg; miembro del Consejo editorial de la Revista da Faculdade de Direito da Universidade Católica de Pelotas; Miembro de la Secretaria de Propiedad Intelectual y Bioetica de la Fundacion RedBio Internacional. En el 2007 y 2008 Directora del grupo de investigación en el proyecto sobre “Perfiles de protección de las invenciones biotecnológicas”. En el 2010 Directora del grupo de investigación en el 11 12 Vitulia Ivone Asimismo, la certeza de que ya no puede prescindirse de la globalización y su omnipresente influencia en las actividades humanas, impone la idea de un uso moderado del concepto, evitando tanto su demonización como una adhesión dogmática. Igualmente, se registra hoy un peligroso estancamiento en el que la crisis económica global ha cambiado los términos del problema, ampliando la brecha geográfica en la distribución de los recursos y las formas de adquisición de los mismos. Sin querer evocar una visión negativa de los acontecimientos, la situación actual no contiene un presagio de grandes expectativas entorno a la biodiversidad, la estrategia de los Estados parecen haber caído en un punto muerto, perdiéndose la esperanza de un “Dia-D” en favor de la Tierra. Los conocimientos tradicionales, el derecho a la salud, a una seguridad alimentaria y las estrategias para una agricultura justa son las áreas en las que se ha de jugar la difícil relación entre los derechos de propiedad intelectual y los procesos de desarrollo en los países del Sur. Entender que lo que está en juego es el futuro de la alimentación y la agricultura es entender que también se aborda la posibilidad de existencia de las generaciones futuras y que si se abandonase la tarea de enormes proporciones – honrada por miles de años – “de mantener para transmitir”, que hoy parece socavada por un pacto de silencio que ha permitido la transferencia poco meditada de competencias, de los conocimientos tradicionales, de las variedades de plantas, de los conocimientos biológicos, métodos, experiencia, la lógica del instinto, las leyes de la materia. El corolario de esa estrategia es la injusticia global y, con ella, el problema del acceso a la alimentación, la pobreza y la inseguridad alimentaria. proyecto sobre “El ingeniero y la protección de las obras del ingenio”. Investigadora visitante por el Institut für Ausländisches und Internationales privat und Wirtschaftsrecht de Heidelberg (Alemania), por la Universidad de Monte Scopus en Jerusalén, por el Zefat Academic College (Israele). Profesora invitada por la Universidad do Vale do Rio dos Sinos y por la Escola de Saúde Publica de Porto Alegre. Biodiversidad, biotecnologías y derecho ISBN 978-88-548-3590-0 DOI 10.4399/97888548359004 pag. 69-88 Carolina García1 La diversidad biológica Acceso y distribución de beneficios en la República Argentina sumario: 1. Introducción – 2. Convenio sobre Diversidad Biológica – 3. La República Argentina – 3.1. Regulación Nacional – 3.2. Regulación Provincial – 3.2.1. Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur – 3.2.2. Provincia del Neuquén – 3.2.3. Provincia de Río Negro – 3.2.4. Provincia de Misiones – 3.2.5. Provincia de Salta – 3.2.6. Provincia de La Pampa – 4. La Comunidad Andina; un desenvolvimiento regional. 1 1. Introducción El presente trabajo pretende la descripción del régimen jurídico de la diversidad biológica en la República Argentina, con el objeto de desentrañar las relaciones entre los diversos cuerpos legales que entran en juego, fundamentalmente para su preservación, disposición y para la distribución justa y equitativa de los beneficios que de ella se obtengan. Para ello en se analizará la compleja situación de la República Argentina, y continuación las decisiones adoptadas por la Comunidad Andina, por ser una experiencia regional que corresponde destacar. 1. Abogada. Master en Derecho Ambiental por la Universidad del País Vasco (España). Magister en Derecho Empresario por la Universidad Austral (Argentina). Doctoranda en la Universidad de Buenos Aires. Relatora del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén (Argentina). 69 70 Carolina García Dable es resaltar que si bien los diversos sistemas legales existentes poseen aspectos positivos, en igual medida, poseen carencias, existen vacíos legales que en definitiva conllevan a la desprotección de los propios recursos, y debe destacarse que situación de que la mayoría de los países latinoamericanos, si bien ha ratificado el Convenio de Diversidad Biológica, no poseen otra normativa nacional que regule la materia. 2. El Convenio sobre la Diversidad Biológica El Convenio en análisis, fue celebrado con el fin de conservar la diversidad biológica, utilizando de una manera sostenible sus componentes, con el logro de una participación justa y equitativa en los beneficios que se derivan de la utilización de los recursos genéticos. Recepta el principio de soberanía de los Estados sobre sus recursos genéticos, entendida ésta como el poder supremo de los Estados sobre los mismos, con la consecuente facultad de regular su acceso, quedando sometidos a la legislación nacional de cada Estado. Por otra parte determina que cada Estado debe comprometerse a crear condiciones para facilitar a otras Partes el acceso a los recursos genéticos, para utilizaciones ambientalmente adecuadas, dejando constancia que no puede imponer restricciones imponer restricciones contrarias a los objetivos del Convenio. Ahora bien, como corolario del principio de soberanía referido ut supra, detalla el Convenio que los recursos genéticos son únicamente los suministrados por las Partes, siendo las mismas por un lado los países de origen de esos recursos, y por el otro aquellos que hayan adquirido legalmente –esto es conforme a lo establecido por el Convenio objeto de análisis- los recursos genéticos. Una forma de protección de dichos recursos, radica en el consentimiento fundamentado previo de quien los proporciona, en consecuencia de ello, para la disposición o patentamiento deberá contarse con una declaración de la fuente y país de origen, del recurso genético y del recurso biológico. La diversidad biológica 71 Entran en juego cuestiones ambientales y económicas sumamente importantes, por lo que los Estados deberán proteger a sus recursos, a los fines de resguardar el material genético que contengan y que no sea usurpado por terceros. En este sentido, la historia ha demostrado justamente, casos en los cuales, bajo la forma de convenios de cooperación internacional, terceros interesados logran acceder a información genética de los recursos, de la que pueden apropiarse, ya que los Estados ceden el material de las investigaciones, perdiendo en consecuencia el control de sus recursos. Sin embargo, entiendo que un consentimiento fundado basado en un convenio de cooperación internacional para la protección de los recursos genéticos, se encontraría viciado y no resultaría apto ni válido, para la disposición de los recursos y su consecuente patentamiento. Es por ello, que los requisitos para la obtención de el consentimiento fundado previo, deberían ser regulados legalmente a los fines de evitar las mentadas situaciones que tan libremente se han dado a en América Latina, y en los países del tercer mundo. Por otra parte, y si bien no es el objeto del presente trabajo, no puede dejar de mencionarse que el Convenio en análisis protege los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenas y locales, y promueve la participación justa y equitativa de sus beneficios a dichas comunidades, por lo que la disposición del conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos y/o biológicos, resultará igualmente necesario el consentimiento informado previo, brindado por las autoridades que correspondan según las legislaciones cada Estado, y del consentimiento de dichas comunidades, así como la distribución justa y equitativa de sus beneficios. Sobre la temática se ha determinado que “…En lo referente a los recursos genéticos y la distribución de las ventajas económicas y de otra índole que su utilización genera, el vínculo entre el acceso a esos recursos y la propiedad intelectual reviste varios aspectos diferentes: Los recursos genéticos (estén o no conservados insitu) pueden haber sido alterados por la intervención humana y pueden haber revestido características que no están presentes 72 Carolina García en la naturaleza. Cuando esas alteraciones han dado lugar a una invención biotecnológica que es nueva, implica una actividad inventiva y puede ser aplicada a escala industrial, la invención puede tener derecho a ser protegida por patente. Otros recursos alterados, tales como las variedades locales o las variedades tradicionales son a veces muy importantes para las comunidades locales y con frecuencia para el futuro de los recursos fitogenéticos. En cuanto a los conocimientos tradicionales, se dividen en diferentes subsectores, algunos de los cuales se designan con expresiones tales como los conocimientos indígenas, el folclore, los conocimientos de la medicina tradicional y otros (…) Las ventajas comerciales, y de otra índole, derivadas de la utilización de esos conocimientos han planteado cuestiones de propiedad intelectual que, a su vez, se han multiplicado debido al comercio internacional, las comunicaciones y los intercambios culturales. Estos recursos (genéticos y/o culturales) pueden no corresponder a los modelos clásicos de los sistemas actuales de propiedad intelectual pero, en ciertos casos, podrían estar protegidos por leyes nacionales…”2. El Convenio determina como corolario al derecho soberano de los Estados sobre la diversidad biológica, que son éstos quienes tienen la facultad de regular el acceso a los recursos genéticos, quedando sometidos a su legislación. Esta cuestión no es menor, ya que si se está reconociendo que el propietario de los recursos genéticos es el mismo que el propietario de los recursos biológicos, implícitamente se reconoce que los recursos genéticos son accesorios a los recurso biológicos que los contienen, ya que se originaron gracias a ellos, si bien posteriormente podrían llegar a ser separables, aislables y subsistir sin los mismos, y como tal deben seguir la suerte de los primeros, y en consecuencia será entonces el Estado en el que se encuentren in situ, los recursos biológicos, el que tenga los derechos para la disposición, acceso y distribución de beneficios de los recursos genéticos, así como el derecho a la jurisdicción. 2. Zamudio, T., Cuestiones de Propiedad Intelectual & Bioética. Acceso a Insumos genéticos y culturales. U.B.A.C.y T. Programación Científica 2008-2010 Cód. D-001 en www. tk.bioetica.org. Autores Vitulia Ivone (directora) Globalización y desarrollo sostenible: tecnologías protegidas y propiedad intelectual. Libertad de la búsqueda y defensa de la vida. Nestor Cafferatta Principio de precaución: la certeza de la incerteza Carolina García La diversidad biológica: acceso y distribución de beneficios en la República Argentina Bibiana Graeff Chagas Pinto Fabre A proteção da biodiversidade no âmbito do Mercosul: necessidade, possibilidades e dificuldades Elizabeth Hodson y Susana Carrizosa Bioseguridad y análisis de riesgos y beneficios de OGM Sandra Martini Vial A terra como bem comum: A paradoxalidade da (des)proteção e seus reflexos na biodiversidade Stefania Negri La biodiversidad como “interés común de toda la humanidad”: perfiles controvertidos de reglamentación y de responsabilidad internacional Leonardo Pastorino El agua como fuente de biodiversidad. La crisis ambiental planetaria y sus reflejos en las categorías jurídicas 415 416 Biodiversidad, biotecnologías y derecho Alejandra Rómoli Construcción del discurso entorno de las biotecnologías: lo blanco, lo negro, los grises y el arco iris Sandra Sharry Organismos geneticamente modificados: un debate abierto. Liliana Siede Bio-Bancos de tejidos humanos Andrea Sonnino Biodiversidad y Biotecnología: el eslabón estratégico Iselen Trujillo Diaz Organismos no OGM y biodiversidad Joseph Vogel - Manuel Ruiz La lógica debe prevalecer: un nuevo marco teórico y operativo para el régimen internacional de acceso a recursos genéticos y distribución justa y equitativa de beneficios Teodora Zamudio Los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos en el contexto del régimen de acceso y participación en los beneficios